viernes, 2 de octubre de 2020

UN NUEVO IMPULSO

Las Ejecuciones Hipotecarias han sido, hasta fechas muy recientes, una trituradora de clientes bancarios que confiaron en su banco para firmar un CONTRATO, aparentemente bien redactado y con un clausulado acorde a la legalidad vigente. Pero nada más lejos de la realidad, unos contratos con doble fondo, plagados de cláusulas abusivas y que pobrecito del incauto que los firmara, porque si dejaba de pagar una cuota o dos del préstamo hipotecario, por razones de desempleo o enfermedad, iba a perder hasta la camisa e irse a vivir debajo de un puente. 

La apisonadora bancaria tuvo su punto de inflexión en Marzo de 2013, con el conocido caso AZIZ, dirigido por el letrado Dionisio Moreno, el TJUE declaró que la normativa española en materia de ejecución hipotecaria era contraria al Derecho de la UE porque la existencia de una cláusula abusiva en el contrato de préstamo hipotecario no figuraba entre los motivos por los que un deudor podía oponerse al procedimiento de ejecución de una hipoteca. En dicha sentencia se hace patente la desprotección de los ciudadanos frente a los procedimientos de desahucio y demuestra la existencia de cláusulas abusivas en los mismos. 

La escasa información y el no ser conscientes del alcance de nuestros derechos como CONSUMIDORES, nos ha impedido hasta la fecha el uso adecuado de los mismos, adoptando muchas veces una posición pasiva e inactiva ante una desproporcionada acción de los bancos o cómo diría un poeta, el saqueo salvaje y desmedido de nuestro patrimonio. 

El Principio de Proporcionalidad es cada vez más necesario en el sistema jurídico español, porque coloca a cada uno en su justa medida y sentados a negociar con nuestro adversario (el banco) de igual a igual y en proporcionalidad, lograríamos recuperar nuestras casas y también nuestra dignidad. 

Los abusos en los contratos hipotecarios en España son de Juzgado de Guardia y vamos de escándalo en escándalo, desde el Vencimiento Anticipado, a las cláusulas suelo, y pasando por los intereses de Demora, el IRPH, las Titulizaciones Hipotecarias, los Gastos Hipotecarios y un largo y desquiciante desfile a la manera del infierno de Dante. 

Hay sin duda alguna, un desequilibrio importante en las cláusulas ABUSIVAS que imponen al consumidor, siendo susceptibles de ser declaradas nulas y a su vez de declarar NULOS los CONTRATOS HIPOTECARIOS. Las Entidades Financieras han impuesto su criterio en prácticamente todos los Contratos Hipotecarios, siendo todas cortadas por un mismo patron, saltándose cualquier Derecho del Consumidor, hasta que el TJUE ha dicho basta y obligando a las mismas a que tienen que adecuarse a la normativa Jurídica Europea. 

Para ello hay que pasar de una posición pasiva a una activa, salir del letargo y ponerse manos a la obra, nadie dijo que fuera fácil, pero valdrá la pena. 

 


 

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