lunes, 30 de julio de 2018

ALGO ESTÁ CAMBIANDO

Reflexionando en voz alta y observando la situación actual de la Justícia en nuestro país me recuerda a las películas donde aparece una Sesión de Espiritismo, y en la cuál, antes contesta un Espíritu de un alma en pena que un Abogado de Oficio...indefension de los Ciudadanos en un Estado supuestamente Garantista?

Luego está la sordera que muchos Jueces españoles tienen, que por mucho que levantes la voz o que reclames, hacen oídos sordos al Vencimiento Anticipado, a las Cláusulas Suelo, o a la Titulización de los préstamos hipotecarios .....pero lo más grave es que hacen oídos sordos a los Jueces del Tribunal de Justicia Europeo.

Una imagen de la Justícia que aparte de ser ciega es sorda y además con el abogado de turno es muda, pero aparte de esta carencia de sentidos, sigue faltando el más importante y que es el Sentido Común .En el 2008 con el estallido de la crisis era imposible alegar nada en una Ejecución hipotecaria, hasta los abogados se resignaban diciendo que no se podía hacer nada, pero han pasado 10 años y el horizonte judicial ha cambiado considerablemente, se alegan cláusulas abusivas y los Jueces archivan Ejecuciones hipotecarias, en otros casos se alega Falta de Legitimidad por parte de la Entidad Bancaria al haber vendido los préstamos hipotecarios a Fondos de Titulización y también se archivan....algo impensable años atrás, parece que la cordura y el sentido común vuelven a escena. Bienvenidos!!!!!

Tampoco hay que ser ilusos y pensar que caerá del cielo el MANÁ, sin mover un sólo dedo, no!!!!!!!.Todo lo logrado ha sido por un esfuerzo individual y colectivo, cada uno poniendo su granito de arena y sumando sinergias, con unas siglas o con otras, con un nombre o con otro, lo importante es que ese esfuerzo está logrando cambios, y cambios favorables para las personas, cada año es un paso más hacía un mundo más humano y más justo.

UN VIRUS LLAMADO DACIÓN Y UN REMEDIO LLAMADO TITULIZACION

Un virus muy contagioso se ha expandido cómo la Gran pandemia de los últimos 10 años, con origen en el 2008, España es su principal foco, uno de sus principales síntomas es que a las personas les da por regalar sus casas a los Bancos y salir pitando, este virus tiene nombre propio y apellido, hablamos de la Dación en Pago. La vía principal de contagio es a través de Asambleas Colectivas, (unos lo llaman Inteligencia Colectiva...que sesudos y que pocas neuronas demuestran!!!!), donde sugieren e inducen que es de lo más normal y hasta celebran las daciones con confeti, haciéndoles creer que han tomado la decisión más importante de sus vidas.

Tiene remedio o existe alguna vacuna contra este virus? Sí, la vacuna se llama Titulizaciones Hipotecarias y ya hay varios casos que han remitido y se observa una lenta pero segura recuperación, sus problemas hipotecarios están siendo solucionados.

LAS TITULIZACIONES SE ABREN PASO

«una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad»

Y la DACIÓN EN PAGO es una de esas mentiras que R que R se repite miles de veces desde el 2008 y a estas alturas ya en el 2018 siguen con el mismo Run Run, aún sabiendo que la gran mayoría de los préstamos hipotecarios los han titulizado y los Bancos ya no son los verdaderos acreedores. Flaco favor a los ciudadanos que han firmado un préstamo hipotecario y no pueden pagarlo por falta de trabajo o por enfermedad. La Dación es una trituradora de familias y se ven abocadas a mendigar y suplicar a quién ya no es el verdadero acreedor de la Deuda.

El Estado español no ha gesticulado ante las Titulizaciones y tira balones fuera con un nuevo plan de viviendas para jóvenes menores de 35 años para seguir con la raquítica política de sol y ladrillo para los españoles, en vez de incentivar la Industria, la investigación, la Educación, y el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías. Todo lo contrario, seguir endeudado y esclavizando el futuro de un pueblo.

Así que el panorama que nos rodea entre el Estado, los Bancos y algunos movimientos pseudosociales, no se atisba una solución real, se han perdido 10 valiosos años para defender realmente a los hipotecados, salvo excepciones con la lucha a favor de las Titulizaciones con una propuesta de ley en las Comunidades Autónomas de Extremadura, Valencia y Canarias. Pero en realidad algo está cambiando, ya hay Jueces que reconocen públicamente la Falta de Legitimidad de los Bancos en las Ejecuciones Hipotecarias y la Audiencia Provincial de Castellón sigue esa misma línea. Junto con la multitud de cláusulas abusivas que contienen los Contratos Hipotecarios, donde destaca el Vencimiento Anticipado y la Cesión de Crédito, las Titulizaciones refuerzan la Falta de Legitimidad de los Bancos y la nulidad de los mismos Contratos.

Aún quedan más pasos para que las Titulizaciones se abran paso en las Audiencias Provinciales y se pueda crear Jurisprudencia en el Tribunal Supremo.

Somos el conjunto de los Ciudadanos los que tenemos que hacer valer nuestros Derechos y sobre todo que se haga Justicia.

miércoles, 25 de julio de 2018

Cómo ganar a los Bancos? En este Blog vas a encontrar toda la información y todas las herramientas para conseguirlo.








domingo, 22 de julio de 2018



LOS BANCOS NO SON DUEÑOS DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS QUE RECLAMAN EN LOS JUZGADOS.


Como consecuencia del proceso de titulización que bancos y cajas han aplicado a todo tipo de créditos, especialmente las hipotecas, se ha generado una grave confusión y por ende absoluta indefensión a los hipotecados.

Según el INE, el número de ejecuciones hipotecarias iniciadas desde el año 2008 es de 725.215 y todavía no ha parado.

LAS TITULIZACIONES HIPOTECARIAS

Debo de agradecer a José Manuel Novoa, por su dedicación, y gran generosidad, de haber sido mi mentor en las titulizaciones ataquealpoder .Las Titulizaciones son procesos que suponen la salida del patrimonio de la entidad bancaria de los créditos firmados entre ellos y sus clientes, a través de los cuales los bancos transfieren dichos préstamos hipotecarios, pero siguen actuando como titulares de los mismos, tanto en su relación con los clientes como en vía judicial.

Las titulizaciones en España son de tipo TRADICIONAL, es una forma de financiación que supone la transmisión de los derechos de crédito a terceros con todos los riesgos para los inversores, pero son las entidades financieras que suscribieron la escritura de préstamo hipotecario, las que inician ejecuciones hipotecarias como si fuesen la parte acreedora de la relación contractual, careciendo sin embargo de legitimación activa para ello. Hay una cesión total, saliendo del Balance del Banco, es decir, una venta. Asumen una apariencia de legalidad, como es la inscripción registral, sin embargo, ésta carece de validez cuando ya se ha transmitido el crédito. La función de los bancos o cajas, ha pasado a ser la de meros administradores de los cobros que origina el préstamo, tal como consta en los folletos de emisión: cobrar cuotas mensuales y transferirlas al fondo de titulización, obviando que el nuevo acreedor es el titular bonista.

Asimismo, la Ley permite que no haya publicidad registral sobre la transferencia de estas inscripciones en el registro de la propiedad, al carecer los fondos de titulizaciones de personalidad jurídica, extremo que han utilizado las entidades financieras para ocultar este dato, que a pesar de ser absolutamente real, es tarea difícil demostrarlo, por la opacidad de la tramitación de dicho procedimiento, de manera que simulan continuar siendo los legítimos acreedores de los préstamos, así como inician en su propio nombre los procedimientos de ejecución hipotecaria.

En conclusión, en el presente caso la cesión del crédito y la garantía hipotecaria operada conllevaría necesariamente que la entidad accionante no sea ya titular del crédito ni de la garantía hipotecaria lo que indefectiblemente daría lugar a la FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA de la misma para instar este procedimiento procediendo, en su caso, el ARCHIVO DE LA EJECUCIÓN INICIADA.

GASTOS HIPOTECARIOS Y NULIDAD DE CLAUSULAS ABUSIVAS

  RECLAMACIÓN DE GASTOS HIPOTECARIOS Y NULIDAD DE LAS CLAUSULAS ABUSIVAS CONTENIDAS EN LAS CONDICIONES CONTRACTUALES.   Antes que nada...