sábado, 2 de febrero de 2019

Ley de Titulizaciones


Una LEY para que las entidades de crédito, no sigan amparándose y aprovechándose del sistema judicial para presentarse en los juzgados a cobrar hipotecas cuya titularidad ya han enajenado, no son los acreedores y por lo tanto no tienen legitimación activa ni para cobrar la deuda ni para ejecutar garantías. Las Entidades de Crédito no comparecen en los juzgados como apoderados de los fondos sino que se hacen pasar como acreedores de los préstamos, por lo que sería anulable cualquier procedimiento judicial en el que una entidad de crédito no pueda demostrar que es titular del préstamo.

 

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